AUMENTO EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Extienden a las cooperativas la suspensión del "tarifazo" eléctrico

El juez en lo contencioso administrativo Luis Federico Arias hizo lugar a una presentación de la senadora peronista Szelagowski y del intendente de San Antonio de Areco, Francisco Durañona.

La Justicia en lo Contencioso Administrativa de La Plata extendió hoy la suspensión del aumento de las tarifas eléctricas a las cooperativas que prestan servicios en los distintos municipios de la provincia de Buenos Aires.

La medida fue dictada por el juez Luis Federico Arias al hacer lugar a una presentación realizada por la senadora bonaerense del PJ Carolina Szelagowski y por el intendente de San Antonio de Areco, Francisco Durañona.

En la presentación, se le pidió a Arias que se hiciera extensiva a las cooperativas la resolución que suspendió el aumento tarifario para los usuarios de Edelap (Empresa Distribuidora de Energía La Plata S.A.), Edes ( Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.), Edeasa (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A.) y Eden S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A.).

En los fundamentos, el magistrado explicó que “la suspensión del cuadro tarifario ordenado por el mandato cautelar deviene aplicable a todos las entidades del sector energético que para su funcionamiento requieren de la aprobación del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense”. 

Arias también respondió a un pedido de aclaratoria efectuado respecto del modo en que deben operar los usuarios, cooperativas y distribuidoras eléctricas en relación a las facturas que ya han sido emitidas, a fin de dotar de mayor eficacia el debido cumplimiento de la orden cautelar y evitar eventuales abusos y especulaciones derivadas de la posición dominante en que se encuentran la Administración y las distribuidoras frente a los usuarios.

Ante ello, ordenó al Poder Ejecutivo provincial a que comunique en el plazo de 24 horas a todas las destinatarias de la Resolución N° 22/16 (la que dispuso el aumento) la medida cautelar que lo suspende. Además, pidió que se las instruya para que en el plazo de tres días de notificadas emitan su facturación con sujeción a los valores vigentes con anterioridad a la resolución suspendida.

Con respecto a la facturación ya emitida a los usuarios por las distribuidoras del servicio de energía eléctrica ordenó se suspenda el vencimiento de la misma, hasta tanto se emita la nueva facturación conforme a lo ordenado, sin que ello implique la interrupción del servicio o la alteración de la prestación.