BOLETÍN OFICIAL

En pleno silencio tras la derrota, Vidal lanzó un plan para las pymes

Mientras demora el paquete anti-crisis, la Gobernadora publicó un decreto en el que reconoce que las pequeñas y medianas empresas atraviesan "una difícil situación".



Aunque demora el lanzamiento del paquete de medidas paliar la crisis económica, la gobernadora María Eugenia Vidal oficializó en las últimas horas un régimen para beneficiar a las pymes.

El decreto 1145 reconoce que las pymes "atraviesan una difícil situación tal como surge de los informes emitidos por los distintos organismos y Ministerios, especialmente los elevados por el Ministerio de Producción y el Ministerio de Trabajo y los efectuados por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)".

"Ante el escenario económico y fáctico reseñado, surge la necesidad ineludible de dar adecuada respuesta a todos los empleadores PyMEs que han visto afectada su situación financiera y económica, y suministrar a los mismos una herramienta idónea que les posibilite regularizar sus obligaciones infraccionarias y ajustarse a derecho; siempre teniendo presente que ello importará una herramienta para posibilitar el sostenimiento del empleo y el desarrollo del sector", agrega el texto oficial.

En ese sentido, el Gobierno bonaerense destacó que "ante esta situación, desde todas las áreas de la Provincia y de la Nación se están adoptando medidas que permitan mitigar los efectos y brindar herramientas al sector productivo hasta que las variables económicas comiencen a dar señales de recuperación".

Señaló que "la herramienta idónea para afrontar esta situación la constituye el establecimiento de un régimen de regularización, refinanciación y bonificación de intereses, el cual para ser justo debe evaluar con criterio objetivo el comportamiento fiscal que los deudores o responsables evidenciaron respecto de la sanción".

El decreto

ARTÍCULO 1°: Establecer un régimen de regularización, refinanciación y bonificación de intereses para aquellas PyMEs que, a la fecha de publicación de esta norma, se encuentren inscriptas en el Registro de Pequeñas y Medianas Empresas de la Provincia de Buenos Aires , para deudas exigibles originadas en sanciones por infracciones laborales y de seguridad e higiene impuestas por la Autoridad de Aplicación, conforme a lo establecido en las Leyes Nº 12.415, Nº 10.149 y en el Decreto Nº 6409/84, el que se implementará mediante el procedimiento que como Anexo Único (IF-2019-27054550- GDEBA-SSEYAJMTGP) forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 2°: Determinar que el plazo de vigencia del presente Decreto, será de noventa (90) días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°: Facultar al Ministerio de Trabajo en su carácter de autoridad de aplicación a dictar la normativa complementaria que resulte necesaria para implementar el presente régimen, y a prorrogar su vigencia por hasta idéntico plazo al fijado en el artículo anterior, si razones de mérito, oportunidad y/o conveniencia lo ameritan.

ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios de Trabajo, Economía y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°: Dar cuenta a la Honorable Legislatura de la provincia de BuenosAires.

ARTÍCULO 6°: Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, cumplido, archivar.


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