Ley de derribo
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Es por el plazo de un año y prorrogable cuantas veces el Poder Ejecutivo considere necesario. Incluye la polémica iniciativa de "derribo". Abarca también delitos complejos, narcotráfico y hasta "asociación ilícita terrorista".
La medida, que puede ser prorrogada al término de los 365 días de plazo que establece el decreto, pretende avanzar contra el narcotráfico y otro tipo de delitos graves.
El decreto especifica delitos tales como producción, tráfico y comercialización de estupefacientes (Ley 23.737), de contrabando de armas y contrabando de estupefacientes (Ley 22.415), los relacionados con las actividades de una asociación ilícita calificada (artículo 210 bis del Código Penal) o con una asociación ilícita terrorista (artículo 41 quinquies del mismo Código).
Del mismo modo los relativos a las asociaciones ilícitas (artículo 210), organizadas para cometer delitos con fines políticos o raciales, los de fraude contra la Administración Pública (artículo 174, inciso 5°) y contra la Administración Pública (todos del Código Penal).
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