NUEVO ROUND CON LOS JEFES COMUNALES

Vidal le prohibió a los intendentes cobrar impuestos ajenos en las facturas de luz

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Gobernadora dispuso que las boletas sólo podrán contener "conceptos tarifarios vinculados a la prestación del servicio de energía eléctrica".


En un nuevo capítulo de su pulseada con los intendentes, la gobernadora María Eugenia Vidal prohibió que los municipios cobren impuestos ajenos al servicio de energía eléctrica en las facturas de luz.

A través de una resolución del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires, el Gobierno bonaerense estableció que "sólo resulta procedente la inclusión en las facturas, como concepto de prestación de servicios, el consumo por alumbrado público".

"Los usuarios tienen derecho a que se le facture el servicio efectivamente prestado y vinculado con el servicio público de distribución de energía eléctrica, debiendo las facturas ser claras y transparentes, de conformidad con lo dispuesto en el marco regulatorio eléctrico y la ley de defensa del consumidor", indica el texto de la norma.

En ese sentido, señala que el OCEBA "ha recibido varios reclamos de usuarios, denunciando el cobro de conceptos ajenos al servicio sin la correspondiente autorización e incluso, en aquellos casos en los que el usuario goza de la gratuidad del servicio, como es el caso de los electrodependientes".

El artículo 1 de la resolución publicada ayer en el Boletín Oficial establece "que las facturas a usuarios que emitan los distribuidores provinciales y municipales, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente, solo deberán contener conceptos tarifarios vinculados a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica".

Asimismo, Vidal dispuso que las facturas emitidas por distribuidores provinciales y municipales "no podrán incorporar conceptos ajenos a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica, ni conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica, sin la previa aprobación del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA), con excepción de lo dispuesto por la Ley Nº 10.740 con relación al alumbrado público".

La resolución se publicó en el marco del debate legislativo sobre la iniciativa enviada por Vidal para que los intendentes eliminen las tasas municipales de las boletas de luz y gas.


COMENTARIOS



UBICACIÓN