EN CASO DE QUE LA CORTE SUPREMA FALLE A FAVOR DE LAS SUBAS

El reclamo por el "tarifazo" podría llegar a tribunales internacionales

Así lo indicó el juez Luis Federico Arias, que dictó la cautelar para suspender los aumentos eléctricos en la Provincia. Subrayó la necesidad de realizar audiencias públicas y dijo que los servicios públicos deben estar "en función de los derechos y no del mercado".


El juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata Luis Federico Arias dijo que el fallo que emitió semanas atrás para suspender el "tarifazo" eléctrico en la Provincia "está suspendido" y que si la Corte Suprema falla a favor de los incrementos la discusión podría llegar a organismos internacionales.

El magistrado indicó también que su fallo es una medida cautelar y que todavía "tengo que expedirme sobre la el fondo de la cuestión" para decidir si la resolución que aprobó los nuevos cuadros tarifarios en la Provincia "es nula o no". "Si yo decidiera que es nula, las empresas tendrían que devolver todo lo que cobraron desde febrero hasta acá", señaló, a la vez que dijo que esa cuestión podría resolverse esta misma semana.

"Esto tiene también jurisprudencia en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, que ha ratificado que siempre debe haber una audiencia pública antes de un aumento tarifario", sostuvo Arias, que sostuvo además que la realización de audiencias es necesaria porque "está en juego el artículo 42 de la Constitución Nacional que le otorga a los usuarios el derecho a la información".

Por otra parte, remarcó que también está en debate la "razonabilidad" de las tarifas. "Los servicios públicos no tienen un precio como el mercado, sino que tienen las tarifas. Y uno de los requisitos que deben tener las tarifas es que sean razonables. Además, los servicios públicos no deben ser ponderados en función del mercado sino en función de los derechos, porque forman parte del derecho a la vivienda adecuada", subrayó el magistrado en diálogo con Radio Del Plata.

"El derecho a la vivienda adecuada no es sólo vivir entre cuatro paredes sino tamién tener la posibilidad de calentarse en invierno y de abrir la canilla y que salga agua potable. Y todo eso a un precio razonable. Si el Estado no logra cerrar estos números, está obligado a subsidiar, porque de lo contrario estaría violando derechos", amplió el juez.

Asimismo, advirtió que si la Corte Suprema de Justicia avala los aumentos, existe la posibilidad de llevar el reclamo ante organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. "Se podría condenar al Estado por violación de derechos fundamentales", finalizó Arias.